Modifica Ifetel Reglas de Portabilidad Númerica.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones modificó las Reglas de Portabilidad Numérica, eliminando varios trámite con lo cual cambiarse de operador telefónico fijo o móvil sin perder el número, será más sencillo.

Mediante un comunicado, el Ifetel explicó que los usuarios que sean personas físicas ya no tendrán que presentar el Formato de solicitud de portación de números geográficos y las empresas receptoras no tendrán que enviar imágenes de documentos de identificación al Administrador de la Base de Datos.

También se amplía la gama de opciones de documentos de identificación válidos para hacer el trámite al incluirse la CURP.

Se implementan herramientas y datos de información que permitirán que el usuario dar puntual seguimiento al estado que guarda su trámite de portabilidad para poder exigir la portación de su número en un plazo no mayor a 24 horas a partir del momento de la presentación de la solicitud ante el nuevo Proveedor de servicios que eligió.

Se establecen y clarifican elementos de información en los mensajes de texto y audibles que se brindan a los usuarios, a efecto de evitar la ocurrencia de rechazos de portaciones.

Se establecen mecanismos que aseguran la continuidad en la prestación de servicios de telefonía y para confirmar la disponibilidad de tarjetas SIM necesarios para la prestación del servicio respectivo.

Las nuevas medidas prevén etapas diferentes para su entrada en vigor, por lo que algunas serán efectivas a partir del día siguiente de la publicación de las Reglas en el Diario Oficial de la Federación, y aquellas que requieren del desarrollo o adecuación de procesos y/o sistemas, se establece un periodo de 90 días naturales para su debida aplicación.

En la misma sesión, el Pleno del IFT acordó someter a consulta pública el Anteproyecto mediante el cual se establecen los Lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad a que deberán sujetarse los prestadores del servicio móvil y con ello se propone abrogar el Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Local Móvil, publicado en el DOF el 30 de agosto de 2011.

Uno los principales puntos que contiene el Anteproyecto es que se harán públicas las velocidades de transferencia de datos mínimas (“desde”) ofrecidas para cada tecnología de acceso (2G, 3G y 4G) y no sólo las velocidades máximas (“hasta”) de transferencia de datos.

También se va a prohibir publicitar como “banda ancha” servicios que no cumplan con los parámetros de banda ancha que establezca el Instituto.

Pero lo mejor de todo es que en caso de fallas que afecten a más de 500 usuarios por más de 30 minutos, el proveedor del servicio tendrá la obligación de de entregar información acerca de los usuarios afectados para que el Instituto en colaboración con la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) inicie los procesos de bonificación correspondientes.



Compártelo en Google Plus
    Comenta en Blogger
    Comenta en Facebook

0 comentarios :

Publicar un comentario

Ayúdanos a conocerte mejor. Exprésate, no importa si eres fan, trol o quimera